SEGURO TARIFA GENERAL GANADERA
| SEGUROS AGROPECUARIOS |
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Explotación Asegurable Tarifa General Ganadera
Este seguro de Tarifa General Ganadera cubre los riesgos a los que están expuestas los siguientes tipos de explotaciones, facilitando al ganadero la continuidad de su actividad en caso de siniestro.
- Los conejos estabulados permanentemente en jaulas, destinados exclusivamente a la reproducción y/o al engorde intensivo para su comercialización para consumo humano o para otras explotaciones.
- Los caracoles de la especie Helix aspersa ubicados permanentemente en parcelas delimitadas, destinados exclusivamente al engorde para su comercialización para consumo humano.
- Los patos o gansos de la familia Anatidae destinados a la producción de hígado graso y a la producción de carne para consumo humano
- Las perdices rojas destinadas a caza, repoblación y para producción de carne para consumo humano.
- Los faisanes destinados a caza y para producción de carne para consumo humano.
- Las avestruces destinadas al engorde para producción de carne para consumo humano y plumas.
- Los pollos (Gallus gallus) destinados al engorde para producción de carne para consumo humano. Podrán ser de los siguientes tipos:
- Pollos alternativos: animal macho o hembra de la especie Gallus gallus de hasta 120 días de vida.
- Pollos ecológicos: explotados en explotaciones calificadas como ecológicas.
Están excluidos de este seguro las explotaciones dedicadas a ocio, recreo, exhibición, autoconsumo u otras actividades diferentes de las indicadas en la normativa que recoge esta línea.
Riesgos Cubiertos
GARANTÍA BÁSICA
Cubre los daños causados en las especies asegurables por su acción directa sobre los animales o indirecta, por la caída de las naves u otros componentes de las instalaciones sobre los mismos a causa de los siguientes riesgos:
- Inundación y lluvia torrencial
- Viento Huracanado.
- Fauna silvestre.
- Golpe de Calor:
- En explotaciones cunícolas y aviares: Muerte provocada por el aumento de los índices de temperatura y humedad hasta alcanzar límites extremos y superiores al umbral vital de los animales.
- En explotaciones helicícolas: Muerte provocada por el incremento de las condiciones de temperaturas diurnas y nocturnas que produzcan una alteración de la flora bacteriana de caracol.
- Epizootías: Gripe Aviar de Alta y de Baja Patogenicidad. Compensa por:
- Gastos ocasionados en la explotación como consecuencia de la declaración oficial de Influenza Aviar de Alta Patogenicidad e Influenza Aviar de Baja Patogenicidad. La indemnización consistirá en la compensación económica por animal.
- Inmovilización: Tiempo en que, durante el periodo de vigencia del seguro, permanezcan los animales inmovilizados obligatoriamente en la explotación, con un mínimo de 7 días y hasta un máximo de 42 días por todo el periodo. La indemnización consistirá en la compensación económica por animal y día.
GARANTÍAS ADICIONALES
La línea 409 de Seguro de Tarifa General Ganadera no incluye la posibilidad de contratación de garantías adicionales.
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