SEGURO DE UVA DE VINIFICACIÓN
| SEGUROS AGROPECUARIOS |
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¿Cómo podemos ayudarte?
Somos la correduría líder e independiente en el sector agropecuario. Expertos en el sector agrícola y pecuario, ofrecemos a nuestros asegurados las mejores coberturas y un trato personalizado y directo.
Cultivos Asegurables
Los cultivos asegurables en la línea 312 son uva de vinificación en Península y Baleares. Serán explotaciones asegurables las explotaciones cuyo titular del seguro tenga inscrita a su nombre la explotación en el Registro Vitícola, admitiéndose que una explotación se corresponda con varias fichas completas. (Es decir, a un mismo titular de póliza, varios registros vitícolas enteros de varios titulares). Excepcionalmente aquellos que no tengan a su nombre la explotación en el Registro Vitícola pero sí la PAC.
Novedades Seguro para el cultivo de Uva de Vinificación
Las principales novedades son:
Subvenciones
Este tipo de seguro se encuentra altamente subvencionado por el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente a través de ENESA. Dependiendo de la opción o módulo contratado puede obtener hasta una subvención máxima de:
- Módulo 1: 75 % de la prima comercial base neta.
- Módulo 2A : 71% de la prima comercial base neta.
- Módulo 2B : 62% de la prima comercial base neta.
- Módulo 3: 54 % de la prima comercial base neta.
- Módulo P: 44% de la prima comercial base neta.
Además, algunas Comunidades Autónomas conceden una subvención adicional.
Consúltenos y desde ANAGAN, de acuerdo con la opción de contratación elegida y a las características de su explotación, le informaremos de la subvención que puede obtener.
- Aumento de 11 punto de subvención en la subvención base general en todos los módulos, excepto en el módulo 1. Se incrementa la subvención Base en Canarias, y los porcentajes de subvención por “Entidad Asociativa”.
- Se incluye una subvención adicional por “nueva contratación” de un 3 %
- Se incluye subvención adicional de un 5 % para “Explotaciones de titularidad compartida”
Bonificaciones
Al contratar este seguro, y dependiendo de los resultados de los asegurados, puede obtener hasta un 35 % de bonificación sobre la Prima Comercial del Seguro.
Periodo de suscripción
El periodo de contratación del módulo P con helada de Extremadura finaliza el 01 de marzo. Anteriormente finalizaba el 25 de marzo
Codificación nuevas variedades
Se han codificado nuevas variedades por tener precios diferenciados (Aubum, Murescola, Bronsa, Callet Negrella, Esperó de Gall, Maces de Tibús, Melonera, Mondragón, Pampolat, Pirene, Tinto Fragoso, Blanca Gordal, Mizancho, Rufete Serrano Blanco y Selma Blanca).
- Inclusión nuevas Denominaciones de Origen. Se han incluido las Denominaciones de Origen: Valtiendas y Vinos de Cangas.
Riesgos Cubiertos
En el seguro de explotaciones de uva de vinificaciones, tendría cubiertos los daños en cantidad de los siguientes riesgos:
En producción:
Pedrisco. Daños en cantidad en todas las variedades y Daños en cantidad y calidad en las Variedades de D.O, de vinos de Pago y de Viñedo de Características Específicas.
Riesgos excepcionales. (fauna silvestre, incendio, inundación-lluvia torrencial, lluvia persistente, viento huracanado). Daños en cantidad. Se incluye el Mildiu en las Comunidades Autónomas de Andalucía, Castilla La Mancha, Extremadura, Islas Baleares, Madrid, Murcia y Valencia.
Helada. Daños en cantidad en todas las variedades y Daños en calidad en las Variedades de D.O, de vinos de Pago y de Viñedo de Características Específicas.
Marchitez fisiológica (sólo en variedad bobal). Daños en Cantidad.
Resto de Adversidades climáticas. Sequía, golpe de calor, corrimiento de la uva…y daños ocasionados por plagas y enfermedades (*), que, produciéndose de forma generalizada, no puedan ser controladas por el agricultor.
(*) Están excluidas las enfermedades que afectan a la madera, brazos y tronco de la cepa, y la enfermedad provocada por botritis Cinérea en el caso de lluvias persistentes.)
En plantación (plantación en producción y plantones):
Todos los cubiertos en la garantía a la producción.
En instalaciones:
Todos los cubiertos en la garantía de producción y cualquier otro riesgo climático.
Seguros COMPLEMENTARIOS: Para las plantaciones en producción se cubre los daños ocasionados por pedrisco en los módulos 1 y 2A, y pedrisco, helada y marchitez fisiológica (en variedad bobal), y riesgos excepcionales en los módulos 2B y 3 sobre la producción asegurada como complementaria en cada parcela.
En el seguro complementario del módulo 1 y 2 del almendro y del avellano se cubren los riegos de pedrisco y riesgos excepcionales.
Siniestros
Por norma general, los siniestros deben comunicarse dentro del plazo de 7 días desde su ocurrencia y 30 días antes de la recolección, salvo para los siniestros acontecidos en ese intervalo. Para algunas causas en concreto, existe una fecha determinada de comunicación:
- Para daños por helada que se produzcan antes del estado fenológico A, se deberá comunicar el parte de siniestro antes del día 30 de abril.
En caso de parte por incendio será necesario prestar declaración sobre los daños ante la autoridad competente y enviar copia a Agroseguro. En el caso de fauna, sólo será necesario si lo requiere Agroseguro.
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